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viernes, 15 de febrero de 2008

La reforma orgánica de la UG

Luego de que entró en vigor la nueva Ley Orgánica de la Universidad de Guanajuato el 15 de octubre pasado, comenzó a correr la cuenta regresiva que marca la culminación de la reforma orgánica y normativa de esa institución. 14 meses fue el término establecido. Quiere decir que el 15 de diciembre próximo el proceso deberá estar finiquitado. No es mucho tiempo para una organización con más de 63 años de inercia en el viejo sistema.
Estamos en medio de la discusión del nuevo estatuto orgánico, inédito para una universidad cuya organización interna se determinaba desde su Ley Orgánica, es decir desde los poderes ejecutivo y legislativo. La nueva ley tuvo la enorme bondad de ser menos prescriptiva que las anteriores, y dejó en manos de los órganos internos la definición de la estructuración institucional. Esto también representa un enorme reto para poder construir consensos internos –que no unanimidades-, que permitan definir un proyecto propio y compartido que rija el desarrollo futuro de la casa de estudios. Las dificultades propias del proceso se transparentan en los debates públicos y privados que sostienen los universitarios: que si es un modelo autoritario, que si es incluyente, que si es viable, que si es caro, que si es burocrático…
Yo manifiesto mi opinión de que es un buen modelo el que se está construyendo en mi universidad. No es el mejor, pues ese no existe. Es, en cambio, muy adecuado para nuestra actual circunstancia, pues tenemos varias urgencias qué atender: necesitamos crecer, pero bien más que rápido; necesitamos mejorar, pero tener claro en qué ámbitos y con qué recursos; necesitamos ser socialmente pertinentes, pero con claridad en las estrategias para apoyar el desarrollo social; necesitamos preservar lo bueno y desechar lo pernicioso, pero también saber cuál es cuál. En fin, que necesitamos renovarnos profundamente y culminar el paso hacia la universidad regionalizada y flexible del siglo XXI.
Con esa visión, creo que será fácil ponernos de acuerdo en las estrategias. El esquema de los campii, las divisiones y los departamentos ayudará enormemente a concretar los ejes transversales que hoy no existen; la complementariedad e interdisciplinariedad que sólo vemos hoy en el papel, y la cercanía a las realidades regionales, que demanda a gritos nuestra sociedad.
Las críticas más fundadas del nuevo modelo apuntan hacia la aparente complejización y crecimiento de los mandos medios y superiores de la institución. Yo creo lo contrario, pues la universidad del viejo modelo funcionaba como una pirámide de base anchísima, donde existían pocos escalones o autoridades intermedias. Por ejemplo, los directores de las casi 50 unidades académicas debían acordar directamente con el Rector asuntos de mínima trascendencia. Eso se debía a la enorme concentración de la capacidad de decisión en la figura rectoral. Cuando me tocó ser director de unidad, debí tratar con los rectores en turno asuntos realmente banales, pero que debían ser autorizados por el regente supremo. Esto ya no sucederá así: los rectores de campus, los directores de división y sus respectivos consejos serán autoridades intermedias que permitirán una mayor agilidad en la toma de decisiones. Los directores de departamento y los profesores no necesitarán solicitar audiencias con meses de anticipación para ser atendidos por un gran y único taumaturgo. La autoridad se descentraliza. Lo mismo sucederá con lo académico, pues los programas serán aprobados y supervisados por instancias intermedias, no por el gran consejo de la tribu.
Pero ninguna reforma puede ser perfecta. Hay puntos que considero se deben atender. Uno de ellos es el proceso de selección de las autoridades. Se está dejando prácticamente el mismo procedimiento anterior, y me parece un error. Si se optó por la figura de una Junta Directiva, debería respetarse íntegramente su facultad de selección –no de elección- de las autoridades unipersonales. En el proyecto de estatuto se deja abierta la posibilidad de que los consejos presenten solamente un candidato ante la Junta –artículos 74 a 77-, con lo cual se conculca en los hechos la función de este órgano. Se propicia así una dinámica de “elección” dentro de los consejos, más que de “selección” en la Junta, y vuelvo a insistir: en el ámbito universitario se debe juzgar a los aspirantes partir de las bondades de su perfil y proyecto, y no por la popularidad o los compromisos que se establezcan en órganos masivos.
Otra crítica: aunque la reforma busca fomentar la movilidad de los profesores, en la ley y el estatuto aún no se determinan los mecanismos concretos con que se garantizará esta posibilidad. La nueva norma eterniza los compartimentos estancos, y no veo por dónde se dará la permeabilidad departamental. Bueno, al tiempo.

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